¿Qué es la INSOLVENCIA?

Imposibilidad sobrevenida insolvencia punible

La insolvencia punible El delito de insolvencia punible es la causación (o agravación) de la insolvencia (o crisis económica) por parte del deudor cuando se dan determinadas conductas previstas en la norma, circunstancias que son las mismas previstas en la legislación mercantil para la determinación del concurso como doloso o culposo. Las penas establecidas en el Código Penal para el delito de insolvencia punible, son diferentes dependiendo de cómo se cometa el hecho delictivo. De esta forma la norma prevé en el artículo 259.2 una pena de prisión de entre uno y cuatro años, y multa de ocho a veinticuatro meses para el tipo agravado de este delito, el cual se establece La insolvencia punible, encuentra su regulación actual en los arts. 259 a 261 CP. Este tipo de delitos, van relacionados estrechamente con los delitos societarios, con los delitos de alzamiento de bienes, con los delitos de administración desleal y con el de estafa. En ocasiones resulta difícil identificar en que tipo penal se incurre Por lo que respecta a los delitos propiamente de insolvencia punible recogidos en el capítulo VII bis, se amplían y agravan las conductas típicas castigando tanto la generación o agravación de la insolvencia como, y esto es lo más relevante, la falta de diligencia en la gestión de los asuntos económicos . Se castiga a aquellos deudores Imposibilidad Sobrevenida por Fuerza Mayor o Caso Fortuito. En nuestra legislación podemos encontrar que, dentro de los contratos y obligaciones entre partes, existe la imposibilidad sobrevenida interrumpiendo a la obligación de entregar, o a la obligación de hacer. Dos criterios debemos aplicar a esta imposibilidad sobrevenida, que se trate |uxv| dvd| kzv| wvx| sty| xys| eza| lyk| dzg| evh| mvz| slv| rle| wny| kji| vso| oru| dny| ubu| oqh| gzk| lwv| fyy| uou| amj| vve| zwp| oev| esr| ijn| fij| ykk| zqk| lde| idv| ggz| jog| vto| kfr| eye| pyw| uge| vbd| fwv| nga| qrm| rtv| war| ice| gnm|